sábado, 8 de julio de 2017

¿REFERENDO O PLEBISCITO?

Amanezco muy aliviado y agradecido al Dr. José Ignacio Hernández G., quien se dio a la tarea de analizar el tema, y nos entrega el producto de su enjundioso análisis, donde nos indica de qué se trata y cómo debe considerarse la actividad que el pueblo realizará el 16 de julio del corriente, día de la Virgen del Carmen, Patrona de los marineros colombianos (la nuestra es la del Valle), por invitación de la AN.  Pienso que su escrito debería resumirse y difundirlo, y eso voy a hacer.

El Dr. Hernández se sustenta en Manuel García Pelayo (Jurista y politólogo español, quien presidió entre 1980 y 1986 el recién creado Tribunal Constitucional de España). García Pelayo enseña que el referendo es una consulta popular sobre decisiones jurídicas, mientras que el plebiscito es una consulta sobre una decisión política; por lo que, el DR Hernández nos dice que lo que la AN está proponiendo, y a lo que nos invita, es a una CONSULTA POPULAR. No es un referendo, pues no se pretende que el Consejo Nacional Electoral conduzca el proceso. Dicha consulta tiene naturaleza plebiscitaria, no solo por el carácter político de la materia a consultar, sino además, por hecho que será conducido por la Asamblea.

Aunque el plebiscito no se encuentra taxativamente en nuestra constitución,  el artículo 5º de la misma dispone que la soberanía reside en el pueblo, el cual podrá ejercerá no sólo a través del sufragio (democracia representativa) sino también a través de mecanismos de participación ciudadana (democracia participativa). Los artículos 62º y 70º de la Constitución reconocen el derecho de los ciudadanos a participar democráticamente por cualquier medio que no esté expresamente prohibido, y enumeran, en este sentido, algunos de esos medios.

Los ciudadanos pueden participar a través de cualquier mecanismo, aun cuando no se trate de un referendo. Al leer el artículo 70º de la Constitución nos damos cuenta de que junto al referendo, la norma también reconoce, entre otros medios de participación, la “CONSULTA POPULAR”. Precisamente lo que está promoviendo la Asamblea Nacional. En sentido estricto, es una “consulta popular” sobre las decisiones políticas que la Asamblea Nacional debe adoptar en el marco del artículo 333º de la Constitución.
Dentro de las competencias de la AN, encontramos en el numeral 4 del artículo 187º constitucional lo siguiente: “organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia”Esta competencia es ampliada en el artículo 127º del Reglamento Interior y de Debate. Por lo tanto, la AN, de acuerdo con sus competencias, puede y debe promover la participación ciudadana mediante consultas populares que no deben pasar por el Consejo Nacional Electoral; pues, lo contrario implicaría una violación a la autonomía del Parlamento. De hecho, este tipo de consultas populares son muy comunes, por ejemplo, cuando la Asamblea discute Leyes. 
Cuando se cuestiona el carácter vinculante de la consulta, habría que preguntar: ¿vinculante para quién? Con toda seguridad esta consulta no será vinculante para el Gobierno Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia y el Consejo Nacional Electoral, pues para esos órganos, ni siquiera la Constitución es vinculante.
A la pregunta de si la consulta popular es vinculante, el distinguido jurista nos amplía que sin duda, la consulta sí será vinculante para la Asamblea Nacional que al final es el punto verdaderamente importante. Según el Acuerdo aprobado, esta consulta pretende preguntar al pueblo sobre tres aspectos de interés nacional, a los fines de que la Asamblea pueda ejercer sus competencias en el marco del artículo 333º de la Constitución.

El Acuerdo consulta al pueblo sobre tres aspectos:
1.  El rechazo y el desconocimiento de la “Constituyente”. Con tal consulta, la Asamblea Nacional buscaría el apoyo democrático a las decisiones que adoptará para desconocer ese fraudulento proceso constituyente, a fin de restablecer la vigencia efectiva de la Constitución conforme a su artículo 333º.
2.    Consultar al pueblo sobre la exigencia a los funcionarios e integrantes de Fuerza Armada Nacional Bolivariana de obedecer y defender la Constitución de 1999, lo que equivale a desobedecer todo acto u orden violatorio de los derechos humanos, tal y como lo dispone el artículo 25º de la Constitución.
3.     Consultar sobre el conjunto de acciones que la AN debe promover en el marco del artículo 333º constitucional; esto es, la renovación de los Poderes Públicos, la realización de elecciones libres y transparentes y la conformación de un Gobierno de Unión Nacional.
De acuerdo con la Constitución los diputados “son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino solo a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal”.  La Consulta Popular propuesta responde a un acto de consciencia no solamente las de los diputados, sino las de los ciudadanos. 
En los EUA es común que los ciudadanos envíen cartas a sus diputados regionales. Esta es una práctica sana donde el diputado está en conversación constante y permanente con sus “constituencies” o electores, aunque es privada o de dos vías. Los diputados venezolanos, gracias a esta consulta estableceràn esa conversación, mediante un método más formal, inclusivo y público, donde cada ciudadano dirá si quiere que se convoque a una ANC. No hay ninguna violación a ninguna disposición constitucional, sino todo lo contrario. Se desea consultar, amparados en la misma constitución, la voluntad popular previa a tomar alguna decisión que afecte al pueblo, lo que ha debido hacer el ejecutivo, el cual no tiene facultades para convocar la ANC, ni diseñar bases comiciales. Ha debido efectuar un Referendo Consultivo. O consulta al pueblo y no lo hizo, provocando este desastre, donde ha matado ciudadanos disidentes, que expresaban su  opinión. 
¿Están claros? Les confieso que a mí me bullían algunas inquietudes, las cuales el Dr. Hernández me las ha aclarado.






2 comentarios:

  1. Excelente... Informaciòn que compartire con mis alumnos de la Universidad. Gracias amigo Eddy por siempre estar pendiente.

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