viernes, 30 de enero de 2015

AUTORIZAN USO DE ARMAS MORTALES CONTRA PROTESTAS.

El Nacional de hoy 29/01/15 dice en su página 3, política, parte inferior izquierda lo siguiente:   AUTORIZAN USO DE ARMAS MORTALES CONTRA PROTESTAS, y se menciona la Resolución del Ministerio de la Defensa No: 008610, publicada en la Gaceta Oficial del 27/01/15. Donde, según el escrito del Nacional,  se establece un nuevo modelo de control militar del orden público que incluye el "uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal" (copiado textualmente).  

OPINION DEL CN EDDY DARÌO BARRIOS OROZCO


Toda sociedad enfrenta momentos en los cuales el orden público se ve alterado de manera significativamente peligrosa; para lo cual, nuestro ordenamiento constitucional ha previsto los órganos de seguridad ciudadana contemplados en su artículo 332º.

Al  margen de las causas y naturaleza o afiliación política de los actores envueltos en el desorden público, como en atención a la magnitud y riesgos ciertos de daños a vidas y propiedades que éstos pudieran cobrar, se ha establecido en el Reglamento del Servicio en Guarnición, que los comandos de guarnición podrán sacar las tropas a apoyar a los órganos de seguridad ciudadana, cuando éstos fuesen desbordados por el caos reinante, en cuyo caso el modus operandis es utilizar a la GN, cuyo personal está adiestrado y equipado con aditamentos especiales para acometer estas situaciones.

Los guardias nacionales, quienes llevan a cabo su misión ordinaria de guerra contra los ilícitos y de protección y custodia de instalaciones estratégicas, de alta seguridad y defensa e instalaciones industriales en tiempo de paz, aparte de estar adiestrados en materia militar para tiempos de guerra, su personal ha recibido adiestramiento técnico civil para auxiliar al ministerio público y al hacerlo observar el respeto a los derechos humanos, como al proceder a enfrentar a ciudadanos llenos de euforia y hasta violencia por haberse salido de sus cabales. Estos guardias nacionales eran conocidos por sus habilidades en el uso de sus conocimientos y equipos, y no en pocas ocasiones lograban disuasión a su sola presencia, muchas veces disuadían con solamente estar uniformados con sus equipos especiales, lo que dio lugar a dichos tales como: ”No hay nada más disuasivo que un guardia nacional…con su peinilla”

En los tiempos presentes de confusión y delirio revolucionario, con la exacerbación de parte y parte del uso de la violencia para dirimir las diferencias políticas, en violación flagrante de la disposición expresa del pluralismo constitucional y del derecho a disentir y manifestar de manera pacífica y sin armas, nos enfrentamos a un nuevo fenómeno donde existen grupos irregulares, agendas ocultas de uno y otro bando, círculos o colectivos, como últimamente se les llama, y hasta con una milicia cuya designación no está contemplada en el artículo 328º constitucional, cuyos miembros están o pueden estar en un momento dado  equipados con armas de guerra precariamente adiestrados sólo para su uso técnico, aunque el concepto de lucha revolucionaria y de mantenimiento del régimen altere su debido uso, por lo cual se ha evidenciado el crecimiento progresivo y a veces incontrolable del empleo irracional de las armas, incluso la presencia de personas con acento extranjero dentro de estos grupos, los cuales son empleados bajo el esquema declarado en el slogan, de sentido abierto, de: “esta revolución es pacifica; pero, armada” y la gente ya ha perdido el respeto a las fuerzas armadas y el odio ha ganado terreno, abriendo caminos a la barbarie indetenible, de consecuencias impredecibles.

Es este el momento de una gran reflexión nacional en cuanto a este fenómeno y recoger velas para reafirmar la constitución y reforzar el cumplimiento de sus postulados, no para elaborar decretos ad hoc, cortados al gusto del partido o grupo dominante, a contrapelo de lo que el pacto fundamental y tratados internacionales contemplan, los cuales son conquistas de la humanidad expresadas en los tratados sobre DDHH, el Estatuto de Roma, la Carta de las Naciones Unidas y todos los instrumentos jurídicos diseñados por la comunidad internacional para regular la actuación del estado frente a sus ciudadanos y la de  éstos entre sí.

Recientemente sostuve una muy dolorosa discusión con un ser muy querido, donde éste declaraba su pérdida de fe en los DDHH, y su opinión contraria a que estos derechos les sean respetados a quienes han causado daños a la vida de sus compatriotas. Es decir, no acepta que los DDHH son la protección del ciudadano contra el poder omnímodo del otrora monarca, hoy el todopoderoso estado. Para los delitos entre las personas, están tipificados los delitos comunes. Esta sensación, más que ignorancia, es repudio a la política y al sistema jurídico, algo bien lamentable y lo que resta es que volvamos a los tiempos del lejano oeste donde cada uno tenía una pistola al cinto. El gobierno y los ciudadanos deben ponerse de acuerdo para rescatar ambos sistemas, el político y el jurídico, y que la sociedad vuelva a la democracia y al sistema republicano, con ejercicio pleno de sus deberes y derechos constitucionales. De otra manera, nos retrotraeremos dolorosamente a la barbarie y a etapas que creíamos felizmente superadas.


Este decreto de empleo de armas potencialmente letales para atacar manifestaciones de disidencia legitima, es una muestra de esta barbarie que rechazo, mucho más cuando proviene de quien está para cumplir y hacer cumplir la constitución, no para buscar atajos irracionales.

1 comentario:

  1. Yo creo que es una burda y peligrosa manifestacion de la aplicacion official de la pena de muerte...felicitaciones por su escrito.

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