Ministra, ¿Qué
vamos a llevar a la CIJ?
Reciente
declaración de la ministra de Asuntos Exteriores de Guyana, Carolyn Rodrigues Birkett, expresan
que “Guyana espera tomar una decisión
definitiva sobre el Esequibo venezolano en 2015”. En todo caso, Guyana no puede decidir judicialmente
sobre la materia. Lo que quiso decir y dijo fue que “si
Guyana decide emprender una acción judicial lo hará vía la Corte Internacional
de Justicia. Igualmente detalló que Venezuela ha sido informada de las nuevas
vías de soluciones al conflicto”. La
posición de Guyana es que “una decisión judicial irrita tomada en
1899 es la única que establece la frontera con Venezuela”.
Del texto
de la declaración antes señalada se
pueden resaltar y comentar los siguientes aspectos:
La decisión
judicial del laudo de París de 1899 no es la única que establece la frontera
Venezuela-Guyana. Para sustentar mi argumento debemos remitirnos a las razones
para haber, en primer lugar, sometido el conflicto al árbitro francés, cuya sentencia,
a juicio coincidente de la ministra con nuestra posición, es irrito y nulo. Por cierto, al ser
irrito y nulo como reza la contención unilateral venezolana, entonces dejó de
ser cosa
juzgada, desde el mismo momento en que se firma el Acuerdo de
Ginebra en 1966, el cual - para todos los efectos - es el
instrumento debidamente suscrito para solucionar la controversia, haciendo uso
de los medios de solución pacifica de las mismas establecidos en la Carta de la
ONU, uno de cuyos procedimientos posibles es llevar la controversia a un
tercero, pudiendo ser una persona, institución, gobierno, etc. o casualmente, la
Corte Internacional de Justicia; razón por la cual debemos admitir que, así
como coincidimos en que el laudo es irrito y nulo, debemos coincidir en que
llevar la materia a la CIJ es perfectamente una posibilidad. No obstante, ¿Qué
se va a llevar si ya en 1966 el gobierno de Guyana admitió la contención
unilateral de Venezuela derivada de haberse revelado el manifiesto dejado
postmortem por Severo Mallet Prevost, donde este abogado reveló las
irregularidades cometidas por los negociadores en la mesa de negociaciones, las
cuales fueron las que generaron y sustentaron tal contención? Así mismo, el gobierno guyanés de 1966 así lo
reconoció al firmar el acuerdo que taxativamente lo establece en su artículo
primero.
Esa ha sido
la estrategia general de Guyana, mantener que el laudo es válido y vigente,
como cosa juzgada, cuando dejó de serlo en virtud del Acuerdo de Ginebra, que
para todos los efectos lo derogó.
Por otra
parte, ante el argumento de que: "Si en dos décadas no se ha obtenido el
progreso que uno quisiera, en parte debido a otras complicaciones, debemos
buscar nuevas opciones", debemos
decir que Guyana ha hecho muy poco y cuando ha hecho es para incluir esas
complicaciones de las cuales habla, al torpedear el cumplimiento del Acuerdo de
Ginebra, al generar acciones inamistosas que violenta el espíritu y letra del
mismo y ralentizan el encuentro del arreglo práctico y satisfactorio.
Alega la
ministra que “Venezuela ha sido informada de
las nuevas vías de soluciones al conflicto”, así como ha debido haber
informado de las concesiones que otorgó, y de las negociaciones sobre
jurisdicción en áreas marinas y submarinas con terceros países con quienes no
tiene límites, o no le son adyacentes, aduciendo que con Venezuela, de quien sí
es adyacente, no tiene nada pendiente y basa líneas de delimitación con esas
terceras partes, basadas en el territorio en reclamación, el cual hace parte
del Acuerdo de Ginebra; o sea, sobre un territorio que no es suyo, como tampoco
lo fue de Inglaterra quien se lo legó con la independencia acelerada que les otorgó
en 1966 para no discutir con Venezuela sus justos reclamos, territorio del cual
sólo tiene la administración y que está pendiente del arreglo practico.
Bien que
reconozca que “Ese acuerdo provee herramientas para la solución pacífica de las
controversias entre ambos países en conformidad con el artículo 33 de la Carta
de las Naciones Unidas” y mucho mejor fuera que lo respetara.
“El 3 de
octubre de 1899 un tribunal de la capital francesa emitió el conocido como
Laudo Arbitral de París, establecido con el objetivo de dar respuesta a la
disputa surgida entre la frontera oeste de Guyana -entonces colonia británica-
y el este de Venezuela. Este país argumentaba que la frontera debía pasar por
la línea media del río Esequibo, mientras que el Reino Unido basaba su postura
en un mapa de 1840, cuya línea fronteriza con la antigua colonia española
llegaba hasta las bocas del río Orinoco”
En
respuesta al párrafo anterior debo decir que la posición Inglesa estaba
sustentada en unos mapas elaborados por el geógrafo mercenario, Robert Schombourg, contratado por los colonos del Demerara,
mapas que ciertamente y contra la
soberanía e integridad territorial de Venezuela para 1840, aviesamente
establecían que Inglaterra llegaba hasta Upata y eso precisamente fue lo que Venezuela
impugnó y llevó al árbitro. Era un despojo territorial del cual la misma
Inglaterra no se hizo parte y no respaldó en un inicio, cuando el geógrafo se
los presentó; pero que, luego, los utilizó como base para su posición ante el árbitro
francés.
Como
bien dice, la línea fronteriza debía pasar por línea media del río Esequibo.
Esta línea quedó eventualmente en la ribera oeste del mismo rio, O sea, costa seca para Venezuela,
la cual comenzaría y quedaría al oeste del río y Guyana al este.
“El
dictamen fue favorable a Reino Unido al adjudicarle la región de Esequibo, al
oeste del río del mismo nombre”. Venezuela
protestó el laudo y mantuvo su reclamación durante décadas hasta que fue
admitida por la ONU, lo que llevó a la firma del Acuerdo de Ginebra del 17
febrero de 1966, actualmente vigente y que no es sino uno transitorio para
llegar a un acuerdo final satisfactorio para ambas partes”
Esto es
correcto, el acuerdo nos remite al cumplimiento del artículo 33 de la carta de
la ONU para solucionar esta disputa. No obstante, no es de soslayar que el Acuerdo
de Ginebra de 1966, parte del hecho de que Venezuela impugna el laudo de parís
de 1899 y demuestra sus títulos sobre el territorio y las irregularidades que lo hacen irrito y
nulo, y que Guyana ya así lo reconoció,
cuando firmo el acuerdo.
Entonces, ¿Qué vamos
a llevar a la CIJ?
Muy buena reflexión. Las citas textuales provienen de un artículo publicado por VTV (bastante bueno en mi opinión) que a continuación dejo el enlace. Saludos.
ResponderEliminarhttp://www.vtv.gob.ve/articulos/2014/12/27/guyana-espera-tomar-una-decision-definitiva-sobre-el-esequibo-venezolano-en-2015-2576.html/view