martes, 1 de agosto de 2017


LAS OPERACIONES DE PAZ
Presentación:

Este podría ser uno de mis últimos escritos. Se refiere a la presunta o posible  intervención armada imperial contra el régimen venezolano. Lo escribo para resumir lo que esas operaciones significan jurídicamente hablando; porque, son resultados de acuerdos y tratados internacionales y no como resultado de acciones unilaterales de ningún estado, por poderoso que se crea.

Por ello, tal y como también pudiera ser la actuación de la OEA en el marco de la activación efectiva de la Carta Interamericana o del Estatuto de Roma, no deben verse como injerencia en los asuntos internos de los países. Las relaciones entre los países son basadas en el concepto de coordinación y no de supra ordenación, como si es el caso de las relaciones entre un estado y sus connacionales, las cuales se dan en el marco de su constitución y leyes, donde existe un concepto de coercibilidad en la ley, el cual les permite a los estados  reforzar las mismas  por encima de la voluntad y poder individual del ciudadano. Es decir, existe la policía para proteger y servir y para controlar el orden. En el Derecho internacional no existe tal cosa como un policía internacional.  Todo se basa en el Pacta sunt servanda (de lo pactado soy esclavo o servidor) o los tratados son para cumplirlos.

NO se debe soslayar, porque no es honesto, que en algunos casos, países poderosos y hegemónicos, con derecho al veto (que no es precisamente democracia en el plano internacional), han intervenido en países de manera unilateral y sin pruebas firmes,  sin esperar la resolución aprobada por el Consejo de Seguridad de la organización; pero, eso no es lo legal, ni es aceptado por la comunidad  internacional. Por tanto, no se debe torpedear un instrumento muy útil, porque alguno o alguna vez haya sido mal empleado.

Espero así contribuir a despejar dudas y rebajar preocupaciones indebidas. Lastimosamente algunas de las operaciones de paz ejecutadas en el pasado, como las veremos, y como son aquellas de reforzamiento o imposición de la paz (Peace Enforcement), basadas en el a capítulo VII de la Carta de la ONU, pudieran resultar sumamente fuertes. Las demás operaciones de paz están debidamente sustentadas en el capítulo VI.

Desarrollo:

La llamadas Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la ONU son uno de los medios utilizados por las Naciones Unidas para mantener la paz y la seguridad internacionales. El mandato primordial encomendado a Naciones Unidas desde su creación, tras la II Guerra Mundial, es precisamente ese, el de velar por el desarrollo de la paz y la seguridad en el mundo. Este cometido es competencia del  Consejo de Seguridad de la ONU y las resoluciones que emanan del mismo son de carácter vinculante. 

Naciones Unidas se rige por el principio básico de que "la utilización de las armas no es la mejor fórmula para arreglar una controversia".

Asimismo, se entiende que las operaciones de mantenimiento de la paz son especialmente útiles para recordar a las partes en conflicto que la comunidad internacional está pendiente de sus actos y de la legalidad de los mismos.

Por otra parte, hay que dejar constancia de que las operaciones de mantenimiento de la paz de Naciones Unidas no se basan en el principio de enviar fuerzas que luchen para poner fin a un conflicto, sino que más bien, se parte de la premisa básica de que una presencia imparcial de efectivos de fuerzas de paz de Naciones Unidas en la región donde se desarrolla un conflicto, hace que las partes implicadas procuren arreglar pacífica y negociadamente sus controversias.

Para que una operación de mantenimiento de paz culmine exitosamente, necesita de un mandato claro y factible, de un mandato eficaz en la sede y sobre el terreno, de un permanente apoyo político y financiero por parte de los Estados Miembros, y lo que es más importante, de la continua cooperación de las partes en el conflicto. Asimismo, y como antes se mencionaba, la misión debe contar con el consentimiento del gobierno del país en el que se despliega y, a ser posible, con el beneplácito de los demás países implicados. La misión de paz no debe utilizarse, en modo alguno, para favorecer a una parte en detrimento de la otra. Los cascos azules, con frecuencia, deben recurrir a la persuasión y evitar el uso de la fuerza para disipar tensiones e impedir enfrentamientos.

Por ello las fuerzas de paz de la ONU se rigen por estas normas básicas:
  • Portan sólo armas ligeras
  • El uso de la fuerza se limita, exclusivamente, a la legítima defensa o en caso de impedimento del cumplimiento de las órdenes
Una operación de paz puede formarse a solicitud de un estado, un grupo de estados miembros, o una propuesta del Secretario General o el Consejo de Seguridad.
Para que una operación de paz se lleve a efecto debe reunir una serie de requisitos básicos, como son:
  • La propuesta debe de contar con el explícito consentimiento del país o países interesados. 
  • Debe ser ampliamente respaldada por la comunidad internacional (tiene que tener como mínimo 9 votos afirmativos de los miembros del Consejo de Seguridad y ningún voto negativo de los 5 miembros permanentes del citado Consejo (China, Francia, la Federación Rusa, Inglaterra y Estados Unidos).
Que algún o algunos Estados Miembros estén dispuestos a contribuir con tropas, fondos y equipos necesarios. La clasificación establecida en 1992 por la Secretaría General de las Naciones Unidas establece como misiones de paz las siguientes:
Tipos de Operaciones de Paz:
·        Acción diplomática: En situaciones de alto riesgo, se establece un mecanismo que activa la diplomacia de los países más influyentes en la zona para que, mediante negociación, eviten la declaración de hostilidades.

·        Establecimiento de la paz (en inglésPeace building): Aquella en la que se trata de que las partes beligerantes se acojan al Capítulo VI de la Carta de las Naciones Unidas. Y desarrollen medidas para reconstruir la paz perdida o amenazada, corrigiendo fallas estructurales las causantes del conflicto.

·        Mantenimiento de la paz y seguridad (en inglés, Peace keeping): Que requiere la presencia de fuerzas militares o civiles en la zona ya en conflicto, con el beneplácito de las partes, y cuyo objetivo es separar a los contendientes y garantizar la ayuda humanitaria.

·        Imposición de la paz (en inglés, Peace enforcement): Al amparo del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, las medidas de imposición de la paz se establecen como la última solución cuando las partes no han aceptado o ha sido imposible alguna de las medidas anteriores. Es establecida por el COnsejo de Seguridad y se utilizan fuerzas armadas bajo bandera de las Naciones Unidas o bien bajo su amparo en un conflicto abierto.

·        Consolidación de la paz (en inglés, Peace making): Bien por acuerdo de las partes, bien tras el éxito de las medidas de imposición de la paz, las fuerzas armadas bajo amparo de la ONU realizan tareas de separación de las partes y mantenimiento de un mínimo de orden civil. Puede incluir la ayuda humanitaria y el desarme de los beligerantes. Al mantenimiento de la paz, se unen los procesos de consolidación de la paz, tales como la supervisión de procesos electorales, canalización de ayuda a la reconstrucción y establecimiento de un poder civil legítimo.

Conclusiones:

Las operaciones de paz no son un capricho ni una injerencia de un país o grupo de países contra un “pobrecito” país. Son el resultado de la ejecución de un tratado internacional. NO deben realizarse como actos unilaterales y sin el consenso de loa paises, y deben ser precedidas de una resolución aprobada por el Consejo de Seguridad. 

CN Eddy Darìo Barrios Orozco
Oficial de Comando y Estado Mayor
Ex Asesor al Colegio Interamericano de Defensa

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