viernes, 22 de febrero de 2019


MENSAJE DEL CN EDDY DARÌO BARRIOS OROZCO, A

MIS COMPAÑEROS DE ARMAS DE LAS FAN

CALLEJON SIN SALIDA (II)

La fuente del derecho internacional es el tratado, así como del derecho nacional es el poder legislativo correspondiente, el carácter vinculante del tratado está fundamentado en el principio del “Pacta sunt servanda” y el hecho de que no existe una suerte de constitución mundial, porque las relaciones entre los estados-naciones son de COORDINACIÓN y no de SUPRA ORDENACIÓN, como sí existe ésta última entre el estado y sus ciudadanos. En los estados-naciones existe la policía para reforzar y hacer cumplir la ley. En la comunidad internacional no hay un policía mundial que tenga legalmente esta función.  

Los vicios o incumplimientos a esta norma, observados en el pasado son, entre otros, la existencia de una suerte de maldición o principio no acordado, ni legal, del GENDARME NECESARIO, así como el del DESTINO MANIFIESTO que asumía la gran potencia mundial y, sea cierto o no, se le atribuye a los EUA arrogarse la función de policía, así actuare con apego al sistema internacional de seguridad de la ONU, con base en el Derecho Internacional Público.

 

En el plano legal,  esta función que otrora asumía abierta e impunemente en el pasado EUA, no tiene cabida hoy, las intervenciones deben ser aprobadas por el organismo internacional que agrupa las naciones, con base en los tratados que obligan a todos, y deben ser acciones multilaterales o en coalición, deben ser solicitadas por el país afectado (Guaidò la solicitó basado en al numeral 11 del artículo 187º constitucional que le otorga esta atribución y competencia a la AN, de autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior y de extranjeras en el país) y deben ser efectuadas sin empleo de las armas, la fuerza militar solo es válida para la defensa de las misiones de paz o para custodiar a las personas o instituciones que llevan a cabo las ayudas humanitarias. Estas últimas se cumplen con base  la fórmula aprobada por la ONU, conocida como INJERENCIA HUMANITARIA (luna doctrina aprobada  por unanimidad en 2005 en la ONU, bajo el nombre de:  “Responsabilidad de Proteger”);  por tanto,  no estamos en presencia de  una intervención militar como trata de confundir el régimen,  ni se debe interpretar como violación a la soberanía y auto determinación de los pueblos, porque ellas vienen a apoyar la situación de emergencia de los ciudadanos derivada de grandes crisis por causa del gobierno autoritario  (dictadores o tiranos) que subyuga y maltrata y crea condiciones de miseria insuperables y evidentes violaciones a los DDHH de sus ciudadanos, tales como genocidio, limpieza étnica y crímenes de lesa humanidad.


SI bien la SOBERANÍA de los países y la AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS  representan límites para la acción internacional, cosa con la que no cuenta el ciudadano dentro de su propio país, el cual no puede oponerse ni tiene defensa contra el imperio, no de la ley, sino del gobernante en uso de las funciones y atribuciones de su cargo, así sea un dictador o tirano quien le viola sus DDHH, el ciudadano común, en cambio, tiene que soportar los abusos del poder, las violaciones a sus derechos civiles y a sus DDHH, cuando el gobernante hace caso omiso a las conquistas de la humanidad en materia de la protección del ciudadano contra el poder omnímodo de la autoridad legal, aunque ésta sea ilegitima. Esta protección  encuentra sus orígenes en el HABEAS CORPUS y el derecho de gentes, con el cual se buscaba proteger el reo o “el cuerpo” del reo, contra el poder del monarca.

La evolución de este derecho de gentes dio lugar a los DDHH, los cuales son , como expliqué, conquistas de la humanidad y su avance ha dado como resultado que sean de carácter universal y pasen directamente a ser derecho interno de los países, así éstos no hayan firmado el tratado correspondiente.

Los DDHH no necesitan que los sistemas legislativos (congresos, asambleas legislativas nacionales o parlamentos) de los países estudien dichos tratados y los acepten, lo que se conoce como CONVERTIBILIDAD. No hay necesidad de convertirlos a leyes internas, lo son en automático una vez que el tratado es firmado en el organismo internacional de la ONU,  cuando entran de ipso facto, a las constituciones de los países.

Los políticos suelen oponerse  a los tratados que limitan su autoridad y apoyan al ciudadano común in tuito personae, y se oponen por causa de sus ideologías, especialmente en aquellos países cuyos gobernantes violan los DDHH y no les conviene quedar expuestos. Confunden su propia persona con su patria y cualquier ataque a o sanción individual a ellos in tuito personae la asumen como ataque al país que mal gobiernan. Comienzan a arengar al pueblo para que defienda la patria contra la imposición de “los Gringos” y tratan así de esconder y disimular su tiranía en el parapeto del nacionalismo y el patriotismo, léase patrioterismo. No son pocos los casos en que por esta anti natural asociación indebida, los malos gobernantes llevan a sus países a graves conflictos, incluso guerras,  en infructuosos intentos por recuperar sus precarias gobernabilidades.

Los países avanzados suelen aceptar los tratados; aunque, como los humanos no somos santos, existen quienes los reconocen de palabras, pero los incumplen. Esto ocurre con tratados tales como P. ej.: El Protocolo de Kioto, donde países muy avanzados se niegan a firmarlo. O como aquellos países que defienden a sus soldados que han abusado y han cometido crímenes de guerra o defienden las técnicas de tortura, como mecanismos validos (según su opinión)  para interrogar a criminales. Ellos se niegan a firmar tratados contra la tortura.

De cualquier manera, los DDHH son conquistas muy importantes de la humanidad, así mismo son aquellos tratados que defienden o tutelan las democracias, como P.ej.: La Carta Democrática de la OEA, la cual no solo aboga por la democracia de origen, o que el gobernante haya sido electo en elecciones libres, transparentes y universales, limpias y reconocidas por los ciudadanos y por los demás países a través de sus observadores, sino que establece una serie de condiciones que debe cumplir este gobernante una vez en el ejercicio del cargo, para ser considerado legítimo. Es decir, no solo la legitimidad de origen, sino la  de ejercicio o desempeño.

Similares consideraciones con respecto al Estatuto de Roma,  el cual deroga el principio anterior de la obediencia legitima, el cual solían esgrimir los subalternos en su defensa, quienes así pretendían salvarse de sanciones o castigos por las aberraciones y abusos que habían cometido contra prisioneros, o de los funcionarios que abusaban de sus conciudadanos dentro de sus países, y establece que “Comete crimen quien da la orden, tanto como quien la ejecuta“, y que estos crímenes no prescriben.

El usurpador venezolano actual  no pasó la evaluación de su pueblo, ni de la OEA, ni de la ONU y está en entredicho, no es reconocido por más de 53 países (14 del continente, la CE y muchos de la ONU y aumentando poco a poco), los cuales sí reconocen a Juan Gerardo Guaidò Márquez como Presidente encargado (constitucional por el artículo 233º).


Es este el meollo en el cual nos encontramos para el 23 de febrero de 2019. Tenemos un ciudadano que usurpa el cargo de presidente, y esto ya lo he explicado in extenso en mis escritos anteriores, y un presidente encargado, constitucional  y legítimo, su legitimidad crece cada día,  y una ciudadanía angustiada, sin alimentos y sin medicinas y con un estado de carencia de derechos en su país, ciudadanía que recurre desesperada a su única defensa, la comunidad internacional. Las FAN y los órganos de seguridad ciudadana y los servicios de inteligencia de estado están apoyando al gobierno en contra de los derechos  civiles y humanos de los ciudadanos.

Con base a los tratados, la comunidad de naciones ha organizado una coalición internacional, mediante la cual traen una Ayuda Humanitaria, la cual arribará y entrará sí o sí el 23 de febrero, concebida dentro del principio de INJERENCIA HUMANITARIA, la cual no puede verse como intervención o “invasión militar de los gringos”, ni afrenta a la soberanía y la autodeterminación de los pueblos, sino como lo que es, la respuesta internacional al grito desesperado de los venezolanos, tiranizados por un factótum de poder coludido con las FAN y los cuerpos irregulares al servicio del gobernante, y en apoyo al régimen castro comunista, quienes amenazan con impedir la entrada de la ayuda.
La oposición venezolana organizó un concierto de artistas para humanizar el día, y brindar alegría a los ciudadanos que están apostados desde hace días en espera de la ayuda, los fondos recabados serán para colaborar con dicha ayuda. De inmediato el gobierno organiza otro y lo hará a 300 metros de la ayuda. No hay que ser experto en seguridad y defensa para percatarse de cuáles son los fines de este segundo concierto, además este mismo expediente ya lo hicieron el 11 de abril de 2002, cuando dos trenes chocaron a las puertas de Miraflores, donde el difunto puso a pueblo contra pueblo a dispararse en Puente Llaguno. Hubo muchos muertos que nadie pagó, uno de los más conspicuos tiradores llegó a presidente y todos fueron condecorados como héroes. Los tiradores de la oposición cargaron con todas las culpas y hasta les han forjado sus expedientes, como bien lo han reconocido los jueces y magistrados que dictaron las sentencias, como es el caso del Cnel. (GN) Luis Aponte Aponte quien, tardíamente arrepentido, lo ha confesado públicamente.

El gobierno ha colocado obstáculos en la frontera, en el puente la Tiendita, ha apostado a la FANB y cuerpos irregulares formados por la  milicia, a jóvenes menores de edad apresados hace días, secuestrados de sus hogares para estos fines, y a ciudadanos sirviendo condenas como presos en centros de reclusión del país (toda una violación a  sus DDHH y al derecho internacional). Colocarán a los niños y a los presos como carne de cañón, práctica muy común en países del medio oriente, para crear caos, y víctimas inocentes. Esta vez, al oponerse a la entrada, creando  violencia y confusión, y que las fuerzas de la coalición tengan que emplearse en proteger a los que traen la ayuda y se produzcan bajas de uno y otro lado. Están creando el escenario eficiente para el caos y el crimen. Apelan al falso nacionalismo y al patrioterismo y el usurpador le esconde el pueblo estas explicaciones, como les escondieron a los soldados la verdad el 4F 1992, quienes iban inocentes dentro de los autobuses, directos al matadero o como paspo el 11 A 92 en LLaguno. El pueblo va ilusionado a recibir los CLAPS que les llevarán y a oír cantar a Roque Valero y ver a Winston Vallenilla arrodillarse y gritar “! Rodilla en tierra!”. Todo un insensato y cruel montaje de terror.

Esto lo alerto, como alerté oportunamente con un escrito similar en abril de 2002, y que titulé a  “CALLEJON SIN SALIDA”,  publicado en el diario  NOTITADRDE DE LA COSTA, del cual era columnista fijo. Hoy lo titulo  CALLEJON SIN SALIDA (II).

En  aquella  oportunidad 2002, el mismo 11 de abril publiqué un artículo titulado “YO ACUSO” en  NOTITARDE DE LA COSTA,  en el cual acusaba al difunto por no haber prestado atención a mi alerta y lo hacía responsable de las muertes, porque él - como militar- sabía que ocurrirían. Como él arrepentido, crucifijo en mano, reconociera que él mismo había generado la crisis. Varios escritores se lo alertamos.

Espero de todo corazón que mis conciudadanos, en especial mis compañeros de armas de las FAN, esta vez me escuchen mi grito desesperado, lo veo clarito. Pido a Dios no tener que escribir  “YO ACUSO (II)”.

Dios proteja al pueblo venezolano.

¡MUERA LA TIRANÍA, VIVA LA LIBERTAD!

CN Eddy Darío Barrios Orozco
Carnet Militar 0927. CI V- 639.249
Puerto Cabello, 22 de febrero de 2019

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