MENSAJE DEL CN EDDY DARÌO BARRIOS OROZCO, A
MIS COMPAÑEROS DE ARMAS DE LAS FAN
CALLEJON SIN SALIDA (II)
La fuente del derecho internacional es el tratado,
así como del derecho nacional es el poder legislativo correspondiente, el
carácter vinculante del tratado está fundamentado en el principio del “Pacta
sunt servanda” y el hecho de que no existe una suerte de constitución mundial,
porque las relaciones entre los estados-naciones son de COORDINACIÓN y no de SUPRA
ORDENACIÓN, como sí existe ésta última entre el estado y sus ciudadanos. En los
estados-naciones existe la policía para reforzar y hacer cumplir la ley. En la comunidad
internacional no hay un policía mundial que tenga legalmente esta función.
Los vicios o incumplimientos a esta norma, observados
en el pasado son, entre otros, la existencia de una suerte de maldición o principio
no acordado, ni legal, del GENDARME NECESARIO, así como el del DESTINO
MANIFIESTO que asumía la gran potencia mundial y, sea cierto o no, se le
atribuye a los EUA arrogarse la función de policía, así actuare con apego al sistema
internacional de seguridad de la ONU, con base en el Derecho Internacional
Público.
En el plano legal, esta función que otrora asumía abierta e
impunemente en el pasado EUA, no tiene cabida hoy, las intervenciones deben ser
aprobadas por el organismo internacional que agrupa las naciones, con base en
los tratados que obligan a todos, y deben ser acciones multilaterales o en
coalición, deben ser solicitadas por el país afectado (Guaidò la solicitó
basado en al numeral 11 del artículo 187º constitucional que le otorga esta
atribución y competencia a la AN, de autorizar el empleo de misiones militares
venezolanas en el exterior y de extranjeras en el país) y deben ser efectuadas
sin empleo de las armas, la fuerza militar solo es válida para la defensa de
las misiones de paz o para custodiar a las personas o instituciones que llevan a
cabo las ayudas humanitarias. Estas últimas se cumplen con base la fórmula aprobada por la ONU, conocida como
INJERENCIA HUMANITARIA (luna doctrina aprobada
por unanimidad en 2005 en la ONU, bajo el nombre de: “Responsabilidad de Proteger”); por tanto, no estamos en presencia de una intervención militar como trata de
confundir el régimen, ni se debe interpretar
como violación a la soberanía y auto determinación de los pueblos, porque ellas
vienen a apoyar la situación de emergencia de los ciudadanos derivada de
grandes crisis por causa del gobierno autoritario (dictadores o tiranos) que subyuga y maltrata
y crea condiciones de miseria insuperables y evidentes violaciones a los DDHH
de sus ciudadanos, tales como genocidio, limpieza étnica y crímenes de lesa
humanidad.
SI bien la SOBERANÍA de los países y la AUTODETERMINACIÓN DE
LOS PUEBLOS representan límites para la
acción internacional, cosa con la que no cuenta el ciudadano dentro de su propio
país, el cual no puede oponerse ni tiene defensa contra el imperio, no de la
ley, sino del gobernante en uso de las funciones y atribuciones de su cargo, así
sea un dictador o tirano quien le viola sus DDHH, el ciudadano común, en cambio,
tiene que soportar los abusos del poder, las violaciones a sus derechos civiles
y a sus DDHH, cuando el gobernante hace caso omiso a las conquistas de la
humanidad en materia de la protección del ciudadano contra el poder omnímodo de
la autoridad legal, aunque ésta sea ilegitima. Esta protección encuentra sus orígenes en el HABEAS CORPUS y
el derecho de gentes, con el cual se buscaba proteger el reo o “el cuerpo” del
reo, contra el poder del monarca.
La evolución de este derecho de gentes dio lugar a los DDHH,
los cuales son , como expliqué, conquistas de la humanidad y su avance ha dado
como resultado que sean de carácter universal y pasen directamente a ser
derecho interno de los países, así éstos no hayan firmado el tratado
correspondiente.
Los DDHH no necesitan que los sistemas legislativos (congresos,
asambleas legislativas nacionales o parlamentos) de los países estudien dichos tratados
y los acepten, lo que se conoce como CONVERTIBILIDAD. No hay necesidad de
convertirlos a leyes internas, lo son en automático una vez que el tratado es firmado
en el organismo internacional de la ONU, cuando entran de ipso facto, a las
constituciones de los países.
Los políticos suelen oponerse
a los tratados que limitan su autoridad y apoyan al ciudadano común in
tuito personae, y se oponen por causa de sus ideologías, especialmente en aquellos
países cuyos gobernantes violan los DDHH y no les conviene quedar expuestos. Confunden
su propia persona con su patria y cualquier ataque a o sanción individual a
ellos in tuito personae la asumen como ataque al país que mal gobiernan.
Comienzan a arengar al pueblo para que defienda la patria contra la imposición
de “los Gringos” y tratan así de esconder y disimular su tiranía en el parapeto
del nacionalismo y el patriotismo, léase patrioterismo. No son pocos los casos
en que por esta anti natural asociación indebida, los malos gobernantes llevan
a sus países a graves conflictos, incluso guerras, en infructuosos intentos por recuperar sus precarias
gobernabilidades.
Los países avanzados suelen aceptar los tratados; aunque,
como los humanos no somos santos, existen quienes los reconocen de palabras,
pero los incumplen. Esto ocurre con tratados tales como P. ej.: El Protocolo de
Kioto, donde países muy avanzados se niegan a firmarlo. O como aquellos países
que defienden a sus soldados que han abusado y han cometido crímenes de guerra
o defienden las técnicas de tortura, como mecanismos validos (según su
opinión) para interrogar a criminales. Ellos
se niegan a firmar tratados contra la tortura.
De cualquier manera, los DDHH son conquistas muy importantes
de la humanidad, así mismo son aquellos tratados que defienden o tutelan las
democracias, como P.ej.: La Carta Democrática de la OEA, la cual no solo aboga
por la democracia de origen, o que el gobernante haya sido electo en elecciones
libres, transparentes y universales, limpias y reconocidas por los ciudadanos y
por los demás países a través de sus observadores, sino que establece una serie
de condiciones que debe cumplir este gobernante una vez en el ejercicio del
cargo, para ser considerado legítimo. Es decir, no solo la legitimidad de
origen, sino la de ejercicio o desempeño.
Similares consideraciones con respecto al Estatuto de
Roma, el cual deroga el principio
anterior de la obediencia legitima, el cual solían esgrimir los subalternos en
su defensa, quienes así pretendían salvarse de sanciones o castigos por las
aberraciones y abusos que habían cometido contra prisioneros, o de los
funcionarios que abusaban de sus conciudadanos dentro de sus países, y
establece que “Comete crimen quien da la orden, tanto como quien la ejecuta“, y
que estos crímenes no prescriben.
El usurpador venezolano actual no pasó la evaluación de su pueblo, ni de la
OEA, ni de la ONU y está en entredicho, no es reconocido por más de 53 países
(14 del continente, la CE y muchos de la ONU y aumentando poco a poco), los
cuales sí reconocen a Juan Gerardo Guaidò Márquez como Presidente encargado
(constitucional por el artículo 233º).
Es este el meollo en el cual nos encontramos para el 23 de
febrero de 2019. Tenemos un ciudadano que usurpa el cargo de presidente, y esto
ya lo he explicado in extenso en mis escritos anteriores, y un presidente
encargado, constitucional y legítimo, su
legitimidad crece cada día, y una
ciudadanía angustiada, sin alimentos y sin medicinas y con un estado de
carencia de derechos en su país, ciudadanía que recurre desesperada a su única
defensa, la comunidad internacional. Las FAN y los órganos de seguridad
ciudadana y los servicios de inteligencia de estado están apoyando al gobierno
en contra de los derechos civiles y humanos
de los ciudadanos.
Con base a los tratados, la comunidad de naciones ha
organizado una coalición internacional, mediante la cual traen una Ayuda Humanitaria,
la cual arribará y entrará sí o sí el 23 de febrero, concebida dentro del
principio de INJERENCIA HUMANITARIA, la cual no puede verse como intervención o
“invasión militar de los gringos”, ni afrenta a la soberanía y la autodeterminación
de los pueblos, sino como lo que es, la respuesta internacional al grito
desesperado de los venezolanos, tiranizados por un factótum de poder coludido
con las FAN y los cuerpos irregulares al servicio del gobernante, y en apoyo al
régimen castro comunista, quienes amenazan con impedir la entrada de la ayuda.
La oposición venezolana organizó un concierto de artistas
para humanizar el día, y brindar alegría a los ciudadanos que están apostados
desde hace días en espera de la ayuda, los fondos recabados serán para
colaborar con dicha ayuda. De inmediato el gobierno organiza otro y lo hará a
300 metros de la ayuda. No hay que ser experto en seguridad y defensa para
percatarse de cuáles son los fines de este segundo concierto, además este mismo
expediente ya lo hicieron el 11 de abril de 2002, cuando dos trenes chocaron a
las puertas de Miraflores, donde el difunto puso a pueblo contra pueblo a
dispararse en Puente Llaguno. Hubo muchos muertos que nadie pagó, uno de los
más conspicuos tiradores llegó a presidente y todos fueron condecorados como
héroes. Los tiradores de la oposición cargaron con todas las culpas y hasta les
han forjado sus expedientes, como bien lo han reconocido los jueces y
magistrados que dictaron las sentencias, como es el caso del Cnel. (GN) Luis
Aponte Aponte quien, tardíamente arrepentido, lo ha confesado públicamente.
El gobierno ha colocado obstáculos en la frontera, en el
puente la Tiendita, ha apostado a la FANB y cuerpos irregulares formados por la
milicia, a jóvenes menores de edad
apresados hace días, secuestrados de sus hogares para estos fines, y a ciudadanos
sirviendo condenas como presos en centros de reclusión del país (toda una
violación a sus DDHH y al derecho
internacional). Colocarán a los niños y a los presos como carne de cañón,
práctica muy común en países del medio oriente, para crear caos, y víctimas
inocentes. Esta vez, al oponerse a la entrada, creando violencia y confusión, y que las fuerzas de
la coalición tengan que emplearse en proteger a los que traen la ayuda y se
produzcan bajas de uno y otro lado. Están creando el escenario eficiente para
el caos y el crimen. Apelan al falso nacionalismo y al patrioterismo y el
usurpador le esconde el pueblo estas explicaciones, como les escondieron a los
soldados la verdad el 4F 1992, quienes iban inocentes dentro de los autobuses,
directos al matadero o como paspo el 11 A 92 en LLaguno. El pueblo va ilusionado
a recibir los CLAPS que les llevarán y a oír cantar a Roque Valero y ver a
Winston Vallenilla arrodillarse y gritar “! Rodilla en tierra!”. Todo un
insensato y cruel montaje de terror.
Esto lo alerto, como alerté oportunamente con un escrito
similar en abril de 2002, y que titulé a
“CALLEJON SIN SALIDA”, publicado
en el diario NOTITADRDE DE LA COSTA, del
cual era columnista fijo. Hoy lo titulo
CALLEJON SIN SALIDA (II).
En aquella oportunidad 2002, el mismo 11 de abril publiqué
un artículo titulado “YO ACUSO” en
NOTITARDE DE LA COSTA, en el cual
acusaba al difunto por no haber prestado atención a mi alerta y lo hacía
responsable de las muertes, porque él - como militar- sabía que ocurrirían. Como
él arrepentido, crucifijo en mano, reconociera que él mismo había generado la
crisis. Varios escritores se lo alertamos.
Espero de todo corazón que mis conciudadanos, en especial mis
compañeros de armas de las FAN, esta vez me escuchen mi grito desesperado, lo
veo clarito. Pido a Dios no tener que escribir
“YO ACUSO (II)”.
Dios proteja al pueblo venezolano.
¡MUERA LA TIRANÍA, VIVA LA LIBERTAD!
CN Eddy Darío
Barrios Orozco
Carnet Militar 0927. CI V- 639.249
Puerto Cabello, 22 de febrero de 2019
IDMC, Monterey CA. 1992. Un saludo desde Sevilla.
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