EMPLAZAMIENTO
PÚBLICO
El señor Nicolás maduro
Moros es hijo de una dama colombiana y al parecer nació en Colombia y luego él
y su familia se nacionalizaron venezolanos y se mudaron a nuestro país, el cual
los acogió. Al margen de que haya nacido allá o no, el hecho de que su madre
sea una ciudadana colombiana le otorga la nacionalidad colombiana por
nacimiento, de acuerdo a la constitución de ese país. De paso, una investigación
adelantada por diputados venezolanos dio con la partida de nacimiento
colombiana del afectado y de su madre, y demás documentos que prueben esto que
hoy el mismo TSJ reconoce al dictar una sentencia complaciente y vergonzosa.
El artículo 227º
constitucional establece muy taxativamente, sin necesidad de interpretación de
parte del TSJ, que para ser elegido presidente el ciudadano candidato debe ser venezolano
por nacimiento y no tener otra nacionalidad. El señor Maduro tiene dos nacionalidades.
El Presidente de la República
es a un tiempo Comandante en Jefe de la FAN. El señor Maduro asumió indebida e
inconstitucionalmente la facultad, atribución y competencia que la constitución
le da a su cargo, de comandar en jefe a
las FAN.
Una de las hipótesis de
conflicto que Venezuela contempla en su planeamiento de seguridad y defensa nacional
es con el país Colombia, derivado de los problemas limítrofes y fronterizos que
ancestralmente sostiene con ese país. Por fortuna, hemos tenido hasta ahora la
voluntad, sabiduría, paciencia y la
diplomacia para tratar de resolver este conflicto por medios pacíficos; no obstante,
la solución de aplicación de la fuerza no está exenta y pudiera ser una
posibilidad en caso de que el conflicto llegare a mayores.
En ese caso, se le presentaría
al señor Maduro un conflicto interno de intereses y los venezolanos la duda razonable acerca de su
idoneidad y compromiso. Por ello, la
existencia del artículo 227º constitucional, para evitarlo.
El señor Maduro fue
designado candidato por el difunto aunque no satisfacía los requerimientos
legales para serlo, además de que no podía justificar su partida de nacimiento. El CNE, la AN de su
tiempo y el Alto Mando Militar se hicieron de la vista gorda y hasta hicieron el ridículo tratando de justificar
y defender lo indefendible, al punto de que vimos a varios funcionarios de alto
rango, adláteres y partidarios del PSUV, incluso a la señora presidenta del CNE,
explicar que él había nacido hasta en cuatro lugares distintos de nuestra geografía,
incluyendo la propia explicación del interesado. La señora Tibisay Lucena dijo
que el interesado había producido una partida de nacimiento donde se registraba
su nacimiento en una zona de Caracas, Elías Jaua dijo otra, y así sucesivamente.
Para nuestra vergüenza e indignación, le fueron dando largas, corriendo la
arruga, hasta que ya no pudieron más.
Hoy el TSJ, en reconocimiento
de que el ciudadano de marras es colombiano, o tiene dos nacionalidades, sentencia que los ciudadanos que están en
similar situación o condición que él, es decir que gozan de otra nacionalidad
distinta a la venezolana, pueden ser elegidos presidentes, ocupar cargos de elección
popular nacional, etc..
El artículo 227º fue
desarrollado por una Asamblea Nacional Constituyente, léase poder originario,
representado por un grupo de ciudadanos electos para tal fin. El pueblo, dueño
del poder constituyente originario, aprobó en referendo esta constitución;
pero, no queda sujeto al poder constituido (léanse el libro EL PODER CONSTITUYENTE, de Combellas).
El TSJ es un poder
constituido y no y tiene facultad para sentenciar por encima del poder
originario.
De paso, esa decisión de hoy
del TSJ, en todo caso regiría para futuros candidatos, nunca en efecto
retroactivo. Por cierto, han debido promulgar eso en el mismo instante en el
que el difunto decidiera que NM fuera el candidato del PSUV a su muerte. Aún así,
el poder constituido no podía aceptarlo, ni siquiera por vía de una reforma o
enmienda; por cuanto, es un asunto que trastoca
o transforma el pacto social y político de 1999, de manera importante o estructural
y debía ser una materia para una nueva constituyente.
Están, como decía mi madre, “equìferos”
y esa decisión, no mi persona, deja emplazados al Alto Mando Militar, al TSJ
mismo y a la AN, como el pueblo de Venezuela en pleno.
A ver si queda algo de
decencia o coherencia y sindéresis en los venezolanos de estas terribles horas.
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