jueves, 18 de abril de 2024

 

HISTORIA DE LA CONTROVERSIA VENEZUELA-GUYANA

Por: CN Eddy Darío Barrios Orozco

 

                       Cmdt. Base Naval Fluvial “CF TOMAS MACHADO”,
                        Ciudad Bolívar. 1990 

 Fuente principal: Wikipedia, Curso Comando y Estado Mayor Aéreo Nro. 15 en ESFAV 1984, y Conjunto en el CUFAN, en 1985. Investigación In Situ (tres oportunidades). 


Buenos días, apreciados y fieles lectores:

Es con propósitos exclusivamente académicos, que hoy me propongo dar comienzo a una serie de escritos y charlas de un conversatorio virtual acerca del tema de la controversia entre Venezuela y Guyana por el Territorio Esequibo venezolano, o tierras ubicadas al oeste del Río Esequibo, límite natural entre Venezuela y lo que hoy es Guyana.

Este tema forma parte esencial de mi Cátedra Libre “VENEZUELA Y SUS PROBLEMAS LIMITROFES Y FRONTERIZOS” y está dirigido a fungir de material de ayuda de instrucción para los talleres que dicto y que aspiro convertir en un diplomado.

Mis charlas, talleres o el futuro diplomado, están precedidas de una necesaria introducción acerca de las Relaciones Internacionales, el Derecho Internacional Público, La Diplomacia y el Derecho del Mar , como la presentación de la geografía de la región y la geopolítica derivada de ella, conocimientos recibidos por mi persona en los pensa de diversos cursos superiores militares y civiles, lo que incluye la primera parte de la maestría en Relaciones Internacionales en el Instituto de Altos Estudios Diplomáticos “Pedro Gual” (IAEDPG), como el Curso para Agregados Militares y tres años como asesor militar, miembro de la facultad, del Colegio Interamericano de Defensa en Washington DC., adscrito a la OEA y otros de forma autodidacta, durante mi carrera naval, desde 1965 al 2000. Esto, como preparación indispensable para el aprovechamiento de la instrucción que se impartirá, para que el cursante pueda saber de qué estaremos hablando.

He compendiado una serie de hallazgos de mi investigación en las asignaturas recibidas de mis profesores, los más calificados y expertos, como son: ¡el Profesor Carlos Gueròn Qepd!, Andrés Serbìn, incluyendo los libros de consultas de sus asignaturas. Así como, los presbíteros Pablo Ojer y Herman Oropeza, el GD(Ej. ) Jacobo Efrain Yepez Daza, Capitán de Navío Tomas Antonio  Mariño Blanco, el Dr. Pedro JOsè Lara Peña, el Prof. Kaldone Nweihed, CN Pablo Cohen Celis y los miembros de las ONG dedicadas al rescate le esequibo y el esequibano, amigos del Esequibo ,  entre otros, y la siempre disponible biblioteca de Wikipedia, de donde he recopilado trabajos de autores conocedores del tema, sustentados en documentos muy importantes, y a todos les he dado su merecido crédito.

         No pretendo ni aspiro mas logro que el de la satisfacción interna de compartir y ayudar al venezolano a formarse el mejor criterio, sustentado, sobre la controversia, para que no se dejen engañar o confundir por quienes opinan sin conocimientos, ni base. 

        Descubrimiento de América

     Debo iniciar con el descubrimiento de América por Cristóbal Colón, hecho ocurrido en su primer viaje de 1492, por cuanto es el hecho trascendental que coloca a España como la primera potencia que conquistaría y colonizaría las tierras descubiertas por su singular navegante.  Desde los albores de su la llegada al nuevo continente y su presentación en la corte española de los reyes católicos, se iniciaría muy pronto y con gran revuelo, la saga de diversos exploradores los cuales, provenientes de otros países de Europa, y atraídos por la noticia, como sucede en una bulla de oro, llegarían ambiciosos, sin organización ni concierto y sin un sistema jurídico otro que la fuerza de su poder, a buscar su parte del botín territorial.

Cristóbal Colón hizo cuatro viajes a la América, en el primero, como hemos dicho, descubrió el continente, al arribar a la isla de Guanahani, a la cual llamó San Salvador, situada en el Caribe al norte de las Antillas. Una vez que arriba, procede, entre otras acciones, como las de reparar las naves, aprovisionar de agua, a realizar exploraciones cortas en las cuales conoce el territorio y acopia materiales para emprender su regreso a España y poderlos mostrar, a su arribo a la corte a rendir cuentas. 

A su regreso a España, se presenta ante la corona, para presentar los resultados de su exploración y su noticia causa revuelo en toda Europa y en el mundo en general.

El gran navegante había pedido a los reyes católicos, en contraprestación, que, si llegaba a las indias, navegando hacia el oeste, dónde él genuina como erradamente creía que había llegado, que él sería nombrado Almirante de la Mar Océano y Virrey de las tierras que descubriera, promesa que no le fue cumplida.

Su llegada a España causó un gran revuelo y las naciones europeas se sintieron atraídas y también quisieron venir a América a buscar su parte de esa esas tierras descubiertas.

Pronto, Holanda, Inglaterra, Francia, Portugal, etc., enviarían a sus exploradores y navegantes a buscar su tajada del botín territorial.

Cristóbal Colón no le puso el nombre de Colombia al continente descubierto, que es como se debería llamar, sino que se llama América, no porque Américo Vespucio, gran cartógrafo y navegante compañero de aventura de colón, como los hermanos Yánez Pinzón y Rodrigo de Triana, entre otros, lo hubiera exigido o hubiera querido atribuirse el logro colombino, sino que fue el cartógrafo que elaboró los mapas para su publicación quien así lo decidió.  Cuando Américo Vespucio le entregó los borradores de los mapas, al cartógrafo impresor le pareció que lo más lógico y natural era titular los mismos como América.  A él le parecía muy lógico que se llamara América, en honor al que le había entregado los borradores y quién había acompañado como cartógrafo a Colón.

Si bien Colon descubrió américa en su primer viaje de 1492, él no había explorado la parte continental y por ello realizó otros tres viajes, para un total de cuatro. No sería sino en su tercer viaje de 1498, cuando arribó a Venezuela, a una población llamada Macuro, ubicada sobre la península de Paria, en la costa norte, al este del territorio de este país continental, y le llamó "Tierra de Gracia". 

Los portugueses, ancestrales competidores de España y grandes navegantes, vinieron a América y también colonizaron la región noroccidental del subcontinente americano.

Brasil es la parte del subcontinente, colonizada por Portugal.

Los países bajos, antes Holanda, también colonizaron territorios de Suramérica. En el área de “las Guayanas” o “Tierras de muchas aguas”, que es la voz indígena que así las llamaba. Llega específicamente al este del río esequibo, entre este río y el río Corentyne. Este último también es llamado Courantyne, Corentín o Corantijn, y es un río costero del norte de Sudamérica. El río tiene sus orígenes en las montañas Acarai y fluye en dirección norte por aproximadamente 724 km., entre Guyana y Surinam, desembocando en el océano Atlántico cerca de Corriverton, Guyana y Nieuw Nickerie, Surinam. Originalmente era un río interior de la Guayana holandesa. Está última limita por el este con la Guayana francesa. 

En 1814, Inglaterra le compra a Holanda la parte de su Guayana entre el río ESEQUIBO y el río Quarentyn, unas 20.000 millas cuadradas o 37.000 km2 y allí Inglaterra funda su Guayana Británica o Guayana Inglesa, limitando por el oeste con la Guayana venezolana o Territorio ESEQUIBO de la Capitanía General de Venezuela, establecida por decreto real de España el 8 de septiembre de 1777.

A su arribo, cada nuevo explorador procedió a reclamar para su rey, las tierras otras que las ya reclamadas por España. Las conquistaron y colonizaron haciéndose de estos espacios geográficos como había hecho España, no reclamados por esta potencia, y se asentaron en los diversos espacios geográficos de la América descubierta por Colón.

Así, Holanda conquistó y colonizó los espacios al este del río Esequibo, no pudiendo extenderse más al oeste porque estas ya habían sido tomadas por España.

Las tierras denominadas las Guayanas o "tierras de muchas aguas”, que es el significado de esta palabra indígena, están ubicadas en la parte nororiental costera del continente, bañadas por el rio Orinoco y sedimentarias de los residuos de tierras de montañas y valles que dicho rio arrastra desde su nacimiento en Colombia. Ese rio padre, discurre hacia el este hasta su delta en el océano atlántico. Son tierras de costas muy llanas y ricas en recursos naturales. Esto fue lo que atrajo como la miel a las abejas, a los ingleses, holandeses y franceses. Las que Holanda reclamó como suyas, estaban comprendidas desde el río ESEQUIBO al oeste hasta el río límite entre su Guayana Holandesa y la Guayana Francesa.

De este territorio, o su colonia Guayana holandesa, Holanda le vendió en 1814 una parte de 20.000 millas cuadradas a Inglaterra, territorio comprendido entre el río ESEQUIBO al oeste, hasta el río Cuorentyne al este, superficie que es equivalente a 37.000 kilómetros cuadrados.

Es así como Inglaterra, en 1814 accede a estos territorios digamos guayaneses y funda allí su colonia británica o Guayana Inglesa. A la cual la cruzan, de sur a norte, tres ríos principales, el río ESEQUIBO límite natural por el oeste con la Capitanía General de Venezuela, está última decretada por el rey de España el 8 de septiembre de 1777, el río Demerara, el río Bèrbice y el Cuorentyne.  Estos son también nombres de sendos departamentos de la Guayana inglesa. Este último, el Cuorentyne, es el límite natural de la Guayana inglesa, con su vecina, la Guayana holandesa o Surinam, la cual, como hemos dicho, quedó recortada al venderle una buena parte a Inglaterra. La próxima Guayana hacia el este es la Guayana Francesa. El limite entre Surinam y la Guayana Francesa es el rio Maroni

Inicio de la invasión

         A partir de 1814, los colonos del departamento Demerara, de la Guayana Inglesa, comienzan a desplazarse hacia el oeste, violando los límites con Venezuela, al cruzar el Río ESEQUIBO, para establecerse en la Guayana Venezolana, también conocida como Guayana Esequiba o simplemente Territorio ESEQUIBO, propiedad arte integral de Venezuela.

Es de destacar que, esta violación territorial fue reclamada por nuestro libertador Simón Bolívar desde muy temprano de su ocurrencia, en 1822.  Inglaterra reconoció en esa oportunidad, que el territorio al oeste del Río ESEQUIBO, violado por sus colonos de la Guayana Inglesa, era de Venezuela; no obstante que, los colonos continuarían violando la soberanía de nuestro país. La invasión sobrevenida llega hasta unos 60 km y abarca originalmente un ancho de unos 5 km, hasta una población llamada Charity. Con el paso del tiempo, su presencia sería aún más invasiva. 

Este territorio esequibo o Guayana venezolana, según los mapas de Agustín Codazzi de 1834, estaba dividido en dos cantones, el de Piacoa al norte, o Territorio Federal Delta Amacuro, hoy estado Amacuro y el Cantón Upata, al sur, el cual es hoy el estado Bolívar.

El término "Delta" se refiere al delta del Río Orinoco de Venezuela. Los cantones Piacoa y Upata, tenían ambos, como límite al este, el Río ESEQUIBO, límite natural entre la Capitanía General de Venezuela y la ahora Guayana inglesa, antigua holandesa. Los mapas de Agustín Codazzi de 1834, así lo registraban.

Inglaterra contrató al geógrafo prusiano Robert Hermann Schönberg, para que elaborara unos mapas, por encargo, donde este famoso geógrafo incluyera los territorios violados por sus colonos, como suyos. El geógrafo realiza no uno, sino cuatro mapas, cada uno más agresivo hacia el oeste que el anterior, dentro de la Guayana ESEQUIBA de su vecino país, tomando o incorporando tierras venezolanas hacia el oeste del Río Esequibo. El cuarto llegaba hasta Upata.

Así conocemos que las cuatro líneas de Robert Schomburgk son producto de expediciones realizadas por el naturalista prusiano, a quien Gran Bretaña le encomendó una expedición botánica y geográfica a Guyana, su colonia, para definir las fronteras con Venezuela.

         En 1835, Robert Hermann Schomburk trazó una línea fronteriza entre Venezuela y la Guayana Británica desde el río Maruca hasta el Esequibo de una extensión de 4290 km. El Moruca es un río en la región de Barima-Waini, en la parte Noroccidental de Guyana donde también hace parte de la Guayana Esequiba. Así, sus líneas sucesivas se fueron internado cada vez más al oeste, dentro del Territorio Esequibo de Venezuela o Guayana Venezolana. 

Los venezolanos mantuvimos un reclamo permanente a Inglaterra, la cual hacía caso omiso e imponía su poder. Ellos como una gran potencia mundial y Venezuela como un país más pequeño y sin el extraordinario poder militar tecnológico y de recursos de su economía, como era Inglaterra y no podía para la época, enfrentar una guerra contra esa gran potencia. 

 

 

En 1897 Inglaterra y Venezuela acceden a elaborar una documentación de la controversia y presentarla a un arbitraje en París. Esto es, una documentación donde cada nación presentaba su posición a ser analizada por el árbitro. Venezuela presentaba sus mapas de Codazzi e Inglaterra los de Robert Hermann Schomburk.

Los principios del derecho aplicable, para fecha, eran los existentes:

El del UTI POSSIDETIS IURIS, locución latina que significa: “Como poseías de acuerdo al derecho, así poseeréis”. Es un principio legal de acción.

El UTI POSSIDETIS DE FACTO, locución latina que significa: “como poseías de hecho, seguirás poseyendo”.  O sea, de acuerdo a la fuerza. Es un principio legal de acción.

Presencia de otras naciones en las Guayanas

         Debo explicar dos tratados internacionales muy importantes, los cuales guardan relación con la historia de la controversia pues, permiten explicar la presencia de estas potencias en nuestro contente.

La Paz de Münster, el cual fue un tratado entre las Provincias Unidas de los Países Bajos y España, firmado en 1648. Fue un tratado histórico para las Provincias Unidas y uno de los acontecimientos claves en la historia neerlandesa; con él, la independencia de las Provincias Unidas fue finalmente reconocida por la corona española. El tratado formó parte de la Paz de Westfalia, la cual acabó con la guerra de los Treinta Años y la guerra de los Ochenta Años.

Ambas potencias, Holanda y España, convenian en este caso en particular, a respetarse y reconocerse lo que ambas poseían desde su llegada a la América; pues, en general el tratado aplicaba a todas sus posesiones en el mundo.

Esto tuvo aplicación y vigencia cuando Holanda reconoce las tierras descubiertas por Colón y reclamadas por España en la Capitanía General de Venezuela y España reconoce las tierras de Holanda en la Guayana Holandesa, al este del Rio Esequibo. 

         El tratado de Tordesillas, por su parte, es un tratado entre España y Portugal, el cual estableció un meridiano a 370 leguas al oeste de las islas de Cabo Verde, es decir, El meridiano 46° 37' longitud oeste. Todos los territorios por descubrirse al oriente de dicha línea quedarían bajo dominio portugués, mientras que España tendría soberanía sobre los ubicados al occidente. Es por este tratado que Brasil quedó como territorio portugués y lo que estaba al oeste de dicho meridiano, era español.

Obsérvese que, hasta ahora, Inglaterra no tenía territorios en esta parte de las Guayanas. Guyana no era ni siquiera un estado nación.

No fue sino hasta que Inglaterra compró a Holanda esas 20.000 millas cuadradas que esta potencia llegó a tener presencia legal en la América, con su colonia Guayana Inglesa. 

En 1895, Richard Olney, secretario de Estado del presidente de Estados Unidos para la época Grover Cleveland, considerando los "avances" británicos en tierra venezolana como verdaderas usurpaciones, justificaba la aplicación de la Doctrina Monroe, por tratarse de la agresión de una potencia europea contra un país americano. La nota de Olney se conoce con el nombre de “Cañón de 20 pulgadas”.

El propio Cleveland, en sesión extraordinaria del Congreso estadounidense, declaró el 17 de diciembre de 1895 que, al no aceptar el gobierno británico el arbitramento solicitado por Venezuela, los Estados Unidos investigarían exhaustivamente sobre los límites de los países en disputa y luego se opondrían "por todos los medios a su alcance, como a un ataque directo a sus derechos e intereses, a la apropiación por la Gran Bretaña de cualesquiera tierras, o al ejercicio de su autoridad en cualquier territorio que de la investigación resulte pertenecer por derecho a Venezuela.

Es en virtud de la presión norteamericana con su “cañón de 20 pulgadas”, que Inglaterra consiente en firma un pre acuerdo con Venezuela, y conformar el expediente con las posiciones que presentarían al árbitro de París de 1899, esto lo hacen en 1897.

 

Arbitraje de Paris de 1899

 

Hace 122 años, el 3 de octubre de 1899, la ambición imperial de la Gran Bretaña se hizo con un laudo arbitral, mediante el cual se afectó fraudulentamente 159.500 km cuadrados del territorio terrestre de nuestra Guayana Esequiba para perpetrar el mayor despojo territorial de la época.

El laudo arbitral es la decisión o fallo que dictan los árbitros para resolver el asunto sometido a su consideración. Esta definición fue propuesta en la Ley Modelo creada en 1958 por la Organización de las Naciones Unidas.

El Tribunal de París (en francés: Tribunal de Paris) es un palacio de justicia situado en la Porte de Clichy (barrio de Batignolles), en el distrito XVII de París (Francia).

Conformación del arbitraje de París

El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes.

Existen dos tipos o clases de arbitraje: el arbitraje de equidad y el arbitraje de derecho. En el arbitraje de equidad, el árbitro emite el laudo “según su leal saber y entender” y no se exige que sea un abogado en ejercicio ni debe motivar el laudo en derecho, a este arbitro se le dice: “Arbitro arbitrador”.  En cambio, el “Árbitro de derecho” no puede salirse de los argumentos y documentos de derecho que le presentan las partes y debe motivar sus sentencias, con base a derecho.

Un ejemplo de arbitro arbitrador o arbitradora sucedió en 1891, el caso de la controversia de Venezuela y Colombia. En un primer lugar, el árbitro de derecho era el rey Alfonso XII de España. Quien muere y queda la Reina Regente María Cristina de Habsburgo hasta tanto el delfín, Alfonso XIII, que era un niño creciera, entonces las partes convierten a María Cristina, en árbitro arbitradora y por ello, podía salirse de la documentación y sentenciar a su mejor saber y entender y eso fue precisamente lo que hizo. 

Volviendo al Tribunal de derecho del Arbitraje de Paris, de 1899, este estuvo conformado por:

Representantes de Venezuela (designados por la Corte Suprema de los EE.UU. de América):

Melville Weston Fuller (miembro de la Corte Suprema de EE.UU. de América)

David Josiah Brewer (miembro de la Corte Suprema de EE.UU. de América)

Representantes de Reino Unido (designados por Reino Unido)

Sir Richard Henn Collins (inglés)

Barón Herschell (fallecido) (inglés), sustituido por Charles Barón Russel of Killowen (miembro del Consejo Privado de la Reina) (inglés)

Presidente del Tribunal (designado por los cuatro miembros anteriores)

Frederik de Martens (ruso), catedrático de las universidades británicas de Cambridge y Edimburgo y miembro permanente del Consejo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Rusia, entonces Imperio ruso),

Abogados (asistentes) de la defensa de las partes

Por Venezuela:

Severo Mallet Prevost (estadounidense), Abogado

Benjamín Harrison (estadounidense), Expresidente de EE.UU.

James Russell Soley (estadounidense)

Benjamín F. Tracy (estadounidense), exsecretario de Guerra de EE.UU.

José María Rojas (venezolano)

 

Por Reino Unido

Sir Richard E. Webster (inglés), procurador general

         Robert Reid (inglés), exprocurador general

G. R. Askwith (inglés)

S. A. Rowlatt (inglés)

Es de resaltar que Mallet-Prevost, era socio de un renombrado bufete neoyorkino, ejerció como abogado asistente de los dos árbitros norteamericanos, representantes de la parte venezolana, durante el Laudo Arbitral. No obstante, su designación corrió por cuenta del gobierno de Estados Unidos, dado que Reino Unido se negó a admitir una parte venezolana. Nos consideraban semi barbaros, de allí su persistente posición de caso omiso a nuestras solicitudes de negociar.

 

La posición venezolana

 

La posición venezolana partía de que la frontera debía ser línea media del río Esequibo en virtud del principio Uti possidetis iure (como poseías, seguirás poseyendo) por el cual le correspondía los territorios de la ex Capitanía General de Venezuela al momento de su independencia en 1810, la cual, se alega, tenía como frontera este el río Esequibo.  

 

Capitanía General de 1777

 

La Capitanía General de Venezuela, fue creada el 8 de septiembre de 1777, con la emisión de una Cédula Real de Carlos III, quedando integrada por las siguientes provincias:  Venezuela, Nueva Andalucía o Cumaná, Maracaibo, Guayana, Margarita y Trinidad.

 

Capitanía General de Venezuela. 8 de septiembre de 1777

El 8 de septiembre de 1777 el rey Carlos III promulga la Real cédula de creación de la Capitanía General de Venezuela, agregándole "en lo gobernativo y militar" las provincias de Cumaná, Maracaibo, Guayana, Trinidad y Margarita (hasta este entonces dependientes del Virreinato de Nueva Granada) y ordenando a los gobernadores de dichas provincias que "obedezcan" al Capitán General de la Provincia de Venezuela y que "cumplan sus órdenes". Así mismo las provincias de Maracaibo y Guayana pasan de la jurisdicción de la Audiencia de Bogotá a la de Santo Domingo, a la cual ya pertenecen las anteriormente nombradas.

                         

 

Cédula Real

 

“…El Rey. - Por cuanto teniendo presente lo que me han representado el actual Virrey, Gobernador y Capitán General del nuevo Reyno de Granada, y los Gobernaciones de las Provincias de Guayana y Maracaibo acerca de los inconvenientes que produce el que las indicadas Provincias, tanto como las de Cumaná e islas de Margarita y Trinidad, sigan unidas como al presente lo están al Vireynato, y Capitanía General del indicado Nuevo Reyno de Granada, por la distancia en que se hallan de su capital Santa Fe, siguiéndose por consecuencia el retardo en las providencias con graves perjuicios de mi Real Servicio. Por tanto, para evitar estos y los mayores males que se ocasionarían en el caso de una invasión; he tenido a bien resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias de Cumaná, Guayana y Maracaibo, é islas de Trinidad y Margarita, del Vireynato y la Capitanía General del Nuevo Reyno de Granada, y agregarlas en lo gubernativo y militar a la Capitanía General de Venezuela, del mismo modo que lo están, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda, a la nueva Intendencia erigida en dicha Provincia, y ciudad de Caracas, su capital. Así mismo he resuelto separar en lo jurídico de la Audiencia de Santa Fé, y agregar a la primitiva de Santo Domingo, las dos expresadas Provincias de Maracaibo y Guayana, como lo está la de Cumaná y las islas de Margarita y Trinidad, para que, hallándose estos territorios bajo una misma Audiencia, un Capitán General y un Intendente inmediatos, sean mejor regidos, y gobernados con mayor utilidad de mi Real Servicio. Y en su consecuencia mando al Virrey, y Audiencia de Santa Fe, se hayan por inhibidos y se abstengan del conocimiento de los respectivos asuntos que les tocaba antes de la separación que va insinuada, y a los Gobernadores de las Provincias de Cumaná, Guayana y Maracaibo, e Islas de Margarita y Trinidad, que obedezcan, como a su Capitán General, al que hoy es y en adelante lo fuere de la Provincia de Venezuela, y cumplan las órdenes que en asuntos de mi Real Servicio les comunicare en todo lo gubernativo y militar; y que así mismo den cumplimiento los Gobernadores de las Provincias de Maracaibo, y Guayana a las Provisiones que en lo sucesivo despachare mi Real Audiencia de Santo Domingo, admitiendo para ante ella las apelaciones que se interpusieren según y en la forma que lo han hecho, ó debido hacer para ante la de Santa Fé, que así es mi voluntad. Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete. -


Yo el Rey…”

 

La partida de nacimiento de Venezuela tiene fecha: 8-9-1777

 

La unión en una sociedad, con sus conflictos y desconfianzas mutuas, bajo un gobierno y territorio común fue producto de un largo proceso histórico y social, que se inició en el siglo XVI y concluyó a comienzos del siglo XIX.

El territorio venezolano no fue un territorio todo integrado sino en fecha muy tardía del período colonial. La unión en una sociedad, con sus conflictos y desconfianzas mutuas, bajo un gobierno y territorio común fue producto de un largo proceso histórico y social, que se inició en el siglo XVI y concluyó a comienzos del XIX.

Este proceso hacia la integración político-territorial en el que actuaron condicionantes aglutinantes al lado de fuertes agentes de dispersión y desintegración, se consolidó el 8 de septiembre de 1777, cuando el rey Carlos III, mediante Real Cédula, creó la Capitanía General de Venezuela.

Dos claras intenciones tuvieron el Rey al erigir dicha Capitanía. La primera fue sustractiva con respecto al Virreinato de la Nueva Granada, al resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias de Cumaná Guayana y Maracaibo, e Islas de Trinidad y Margarita del Virreinato y Capitanía General del Nuevo Reino de Granada.

La segunda intención fue unificadora, en lo que respecta a todo el territorio de las provincias señaladas, las cuales se integraron a la de Venezuela, teniendo como capital la ciudad de Caracas. Pero el soberano español va más allá y extendió al aspecto jurídico la voluntad sustractiva de las cinco provincias del Virreinato: Así mismo he resuelto separar en lo jurídico de la Audiencia de Santa Fe y agregar a la primitiva Santo Domingo las dos apresadas Provincias de Maracaibo y Guayana, como lo está la de Cumaná, y las islas de Margarita y Trinidad para que hallándose estos territorios bajo una misma Audiencia, un Capitán General y un Intendente inmediatos sean mejor regidos, y gobernados con mayor utilidad de mi real servicio.

Así, a partir de 1777 nos encontramos con una realidad jurídica nueva que le otorgó al Capitán General residenciado en Caracas, unos poderes que no tuvo con anterioridad. Los hechos comprueban que este alto funcionario ejerció actos de jurisdicción gubernativa y militar en provincias diferentes a la de Venezuela o Caracas, cumpliendo con lo señalado por el Rey en la Real Cédula: y agregarlas (las cinco Provincias) en lo gubernativo y militar a la Capitanía General de Venezuela (la Provincia de Caracas o de Venezuela, creada en 1528).

Como ejemplos de la acción gubernativa civil y política del Capitán General de Caracas en el ámbito geográfico que sumaba el territorio de las seis Provincias, aparte de sus funciones militares, podemos señalar las siguientes: las providencias que realizara con el objeto de asegurar el suministro de carne en Angostura, capital de la provincia de Guayana en 1778; un expediente remitido a él por el gobernador de Guayana sobre la introducción de harinas por los ríos Meta y Orinoco (1778-1784); un informe que remitiera al Consejo de Indias sobre el estado de las misiones capuchinas de Guayana (1779), las órdenes que le enviaron desde España para que él impidiera la venta o distribución de literatura política, considerada peligrosa, en toda la Capitanía General (1779); etc.

Pero, además, la base territorial de la República será la misma de la Capitanía General. En 1819, cuando se creó la ley Fundamental de la República de Colombia (La Gran Colombia), los venezolanos definimos el territorio de la nueva nación, de la siguiente manera: Su territorio será el que comprendía la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada. En consecuencia, además de constituir la Capitanía General de Venezuela la génesis de nuestra territorialidad, también fue la base del Uti Possidetis luris bolivariano.

A partir de la creación de la Capitanía General de Venezuela, los territorios sujetos al Virreinato de Santa Fe de Bogotá pasaron a integrarse en una nueva entidad política administrativa, que hoy es nuestro país. Venezuela no será sólo el territorio comprendido entre el Unare y unos 40 km., al este de Río de la Hacha, sino que se le incorporan el majestuoso Orinoco, las cumbres andinas, los llanos más allá del Meta y del Arauca hasta llegar a las faldas de la Cordillera Oriental Colombiana; las milenarias formaciones de Guayana, hasta el Amazonas ¡Y EL ESEQUIBO!; las islas de Trinidad y Margarita, y todo el cordón insular desde Los Monjes hasta Isla de Aves, exceptuando Aruba, Curazao y Bonaire.

Esta fecha, 8 de septiembre de 1777, no puede seguir pasando bajo la mesa. Como dijera Mario Briceño Iragorry: El 8 de septiembre de 1777 es como ante diem del 19 de abril de 1810. Sin la integración política de aquel año la uniformidad del movimiento autonómico del año 10 hubiera sido irrealizable y el «Uti possidetis iuris» habría alterado profundamente nuestras líneas fronterizas. El día en que el brigadier General Don Luis Unzaga y Amezaga, Gobernador y Capitán General de Venezuela, pudo librar órdenes desde Caracas, que lo mismo se cumplían en Cumaná, que en la Villa de San Cristóbal, representa una fecha de tanta trascendencia en nuestro calendario patriótico como la de cualesquiera de las consagradas por fastos nacionales en las leyes de la República y tiempo llegará cuando nuestro pueblo se imponga debidamente a su historia en que el alba del 8 de septiembre sea saludada con los mismos honores que la patria rinde a sus grandes efemérides. (Fuente: Manuel Donís, del
Instituto de Investigaciones Históricas)

 

La posición del Reino Unido

 

En contraste, la posición de Reino Unido se basaba en un mapa de 1840 (aunque con algunas modificaciones posteriores) del naturalista prusiano Robert Schomburgk cuya línea fronteriza llegaba hasta Punta Barima en las bocas del río Orinoco (en el actual estado Delta Amacuro) y los montes de Upata (en el actual estado Bolívar) abarcando un área aproximada de 203.310 km² al oeste de río Esequibo.

De antemano puede verse el desconocimiento por parte del Reino Unido del territorio de lo que era la Capitanía General de Venezuela de 1777, la cual, como puede verse documentada en la real cedula, incluía ¡Al ESEQUIBO!

 

Sentencia o Laudo de París de 1899

 

El dictamen fue favorable a Reino Unido al adjudicarle el territorio denominado por Venezuela como Guayana Esequiba de 159.500 km², al oeste del río Esequibo, aunque no en su máxima aspiración de abarcar hasta las bocas del río Orinoco y controlar su navegación. Venezuela inmediatamente protestó el laudo resuelto por el tribunal arbitral por considerar que habían existido vicios de nulidad en la decisión; sin embargo, no fue sino hasta 1962 cuando logró un avance tangible al denunciarlo ante la ONU, después del hallazgo de documentos que comprometieron la legalidad del mismo. Este fue el Manifiesto Mallet Prevost.

Venezuela no aceptó la sentencia del laudo, que estaba basada en falsas informaciones cartográficas (de Schombourk) y documentales y en el desconocimiento del Tratado de Arbitraje de 1897, como del principio del Uti Possidetis Iuris, así mismo estaba inmotivada y existía la carta o manifiesto e Mallet Prevost informando acerca de las irregularidades que él había presenciado. Pero, Venezuela se vio obligada a participar en la demarcación de la nueva frontera, aunque sin asumir el territorio trazado en el Laudo de París. Los demarcadores colocaron un hito en Punta Playa, próximo a Barima, en cercanía de la boca del Orinoco.

La demanda venezolana fue admitida en el marco de la ONU, poniendo así en tela de juicio la validez del laudo.  Este evento conllevó a la firma del denominado Acuerdo de Ginebra, el 17 de febrero de 1966, entre ambas partes más la presencia del gobierno local de Guayana Británica, próxima a recibir la independencia, momento en el cual sustituiría a Reino Unido en la cuestión del diferendo territorial con Venezuela.

 

Acuerdo de Ginebra de 1966

 

No me extenderé en más detalles; por cuanto, ya he escrito in extenso sobre él. Es harto conocido, no así la historia del conflicto antes detallada. En especial lo atinente a la Capitanía General de Venezuela, la presencia de otras naciones en las Guayanas y de cómo fuimos despojados de 159.500 Km2.

 

         Situación actual 2023

 

Guyana, nos ha llevado a la CIJ, de manera unilateral. Sorprende que la CIJ haya admitido la demanda, siendo que su contraparte en la controversia no estaba de acuerdo. Si bien el Acuerdo de Ginebra obliga a las partes a utilizar los medios de solución pacífica de controversias del artículo 33 de la Carta de la ONU, para encontrar el “ARREGLO PRACTICO Y SATISFACTORIO” en el reconocimiento de la contención unilateral de Venezuela formulada por su presidente Rómulo Betancourt en 1962, de que el laudo de París de 1899 era irrito y nulo, debido a irregularidades demostradas. Y la CIJ tiene ese documento del Acuerdo de Ginebra de 1966,

Así como el hecho de que la CIJ es el último de dichos métodos pacíficos, a saber:

 

No vinculantes:

 

Investigación (incluso la Facilitación)

Mediación

Conciliación

 

Vinculantes

 

Arbitraje (de cualquier persona seleccionada por las partes)

Arbitraje Judicial (organismos de carácter técnico)

CIJ (de la Haya)

No es menos cierto que las dos partes deben estar de acuerdo en el método a escoger y si no lo estuvieran el mismo acuerdo de Ginebra le otorga facultad al secretario general de la ONU para seleccionarlo. Ya lo hizo en el pasado y nombró facilitadores, los cuales no tuvieron éxito.

Por lo demás y sin ser repetitivo, ya las dos partes en negociación directa acordaron solucionar la controversia, dejando atrás la condición de cosa juzgada del laudo de París de 1899. El acuerdo firmado en 1966 deja firmeza y prueba de las negociaciones bilaterales y falta solamente respetarlo y cumplirlo, cosa a la que Guyana se niega. Por tanto, la CIJ, conocedora de la existencia y vigencia de acuerdo señalado, no ha debido aceptar la demanda de Guyana sola, sin que fuera producto del cumplimiento del acuerdo y que fueran ambas las que llevaran en común acuerdo del medio de solución pacífica de los cuales la CIJ es uno, la materia a su decisión.

Venezuela y Guyana, en 1996 firmaron junto con Inglaterra, la cual le había concedido a Guyana su independencia ese mismo año, el Acuerdo de Ginebra, repito, como producto de negociación directa entre las partes, firmado sin coacción ni apremio por el primer presidente de Guyana, el afro guyanés Forhes Burham. Un representante legal de Inglaterra y el de Venezuela también lo firmaron. La fecha del acuerdo de Ginebra fue el 17 de febrero de 1966 y la independencia de Guyana fue el 26 de mayo de 1966. Inmediatamente, Inglaterra sale del problema y se lo hereda a Guyana que deja de ser colonia y pasa a ser estado nación. Entonces, Venezuela pasó a ser la potencia mayor que quiere despojar a la pequeña de parte de su territorio. Guyana alega que esos 159.500 km2, son un 1/3 de su territorio (arrogándose la propiedad de lo que Inglaterra le despojó a Venezuela y que representa una superficie de 1/7 de su territorio.  

El Acuerdo de Ginebra es un acuerdo multilateral, transitorio, para llegar a una solución definitiva, muchos lo definen como "un acuerdo para llegar a un acuerdo" y aunque en la interpretación venezolana invalida el laudo de 1899, se mantiene el statu quo que él derivó. Por lo tanto, el área en reclamación se encuentra bajo la autoridad y administración del gobierno de Guyana hasta que no se resuelva algo diferente conforme al tratado. En el artículo primero del documento, expresa y se reconoce la contención de Venezuela de considerar nulo e írrito la decisión del tribunal que definió su frontera con Guayana Británica en 1899.

Reino Unido y Guyana (entonces Guayana Británica) al firmar el documento reconocen el reclamo y la inconformidad de Venezuela acordándose así encontrar una solución práctica, pacífica y satisfactoria para las partes

Guyana sostiene que el laudo de 1899 resolvió “de manera plena, perfecta y definitiva todos los asuntos relativos a la determinación de la línea fronteriza entre la colonia de la Guyana Británica y Venezuela, y que fue fijada en Punta Playa, como primer hito.  Esto lo alegan como “cosa juzgada”, ya veremos que no fue así. El Laudo no resolvió nada y perdió su carácter de cosa juzgada, cuando ambas partes decidieron en negociación directa lo contenido en el Acuerdo de Ginebra.

Para Venezuela, en cambio, el objeto del acuerdo es comprometer a las partes a llegar a una solución satisfactoria para un arreglo práctico entre los dos países. Considera que la nulidad del Laudo Arbitral de París está implícita y explícitamente demostrada y aceptada en el texto del documento, firmado por Guyana cuando era aún colonia, y que, sin ese reconocimiento, simplemente no tuviera sentido el acuerdo ni Guyana tendría que haberlo firmado. Por cierto, el luego presidente Chedi Jagan, amerindio, sucesor de Forhes Burnham, afro guyanés, criticó a Forhes Burham, por este haber firmado el acuerdo, porque, a su juicio, este era desfavorable a Guyana.

El presidente actual de Guyana, Irfaan Ali, no solo defiende su actuación y la de los presidentes anteriores de conceder licencias de explotación del petróleo y demás minerales o recursos estratégicos en la jurisdicción marítima y submarina del territorio en reclamación, y utiliza puntos del territorio en disputa para diseñar y negociar con otros países áreas e jurisdicción marítima, sin haberse delimitado la cuestión terrestre de la controversia con su vecino, sino que recientemente izó, en unión de sus militares de la Guyana Defense Force  GDF, el pabellón nacional de Guyana en la línea del laudo de Paris de 1899, en una flagrante como evidente provocación y acción inamistosa, la cual violenta lo establecido en el artículo 4 y 5 del acuerdo de Ginebra.

Aunque este articulo no expresó taxativamente prohibición alguna; sin embargo, reza que:

A los fines del usufructo de los recursos y de otros derechos relacionados con el territorio (Zona en Reclamación), las previsiones del Acuerdo de Ginebra no objetan la autoridad guyanesa sobre el Territorio Esequibo; pero el párrafo 2 del artículo V establece la salvaguarda de los derechos de soberanía venezolanos, cuando señala:

 

"Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial, en los territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de soberanía en dichos territorios ..."

 

Guyana aún sostiene la vigencia del Laudo de Paris de 1899, que es lo que ha demandado ante la CIJ. Es la argumentación que elevó o presentó a la CIJ para sustentar su posición.

Ambas partes estamos hoy, diciembre 2023, a la espera de un nuevo pronunciamiento acerca de la materia de fondo. Ya que Guyana alega la vigencia del Laudo de Paris de 1899 y Venezuela sostiene que lo único legal y vigente es el Acuerdo de Ginebra de 1966.

Recientemente Guyana, ante la acción de Venezuela de efectuar un referendo consultivo, en el cual se le hacen al pueblo venezolano cinco preguntas que pudieran afectarla, ha solicitado medidas cautelares y la CIJ considero favorable esta solitud y declaró que Venezuela debe abstenerse de tomar medidas que afecten negativamente la controversia, sobre la base que pudiera afectar su decisión final o de fondo.

No obstante, la CIJ no se pronunció sobre la materia de la vigencia o no del laudo de París de 1899, aunque en declaración previa llegó a decir que las irregularidades cometidas para que Inglaterra resulta favorecida en el laudo de Paris, eran en todo caso responsabilidad de Inglaterra y había que establecerlo, y además refrendó la conveniencia del Acuerdo de Ginebra de 1966, al que las partes debían respetar, materia que está en archivos de la CIJ, desde ese mismo año.

Mientras Guyana pidió medidas cautelares, Venezuela ha debido y no lo hizo, pedir medidas cautelares similares, cuando Guyana comenzó a otorgar licencias de explotación de las áreas marítimas del territorio en reclamación. Igualmente, e pronunciamiento reciente, donde la CIJ le ordena a Venezuela no continuar (en esencia) con el referendo consultivo del 3 de diciembre de 2023, ha debido incluir la restricción a Guyana de continuar explotando ilegalmente el petróleo del territorio esequibo o Guayana venezolana en disputa, bajo administración de Guyana, sujeta al acuerdo de Ginebra de 1966.

¿Quién ayudó a despojarnos el esequibo?

 

Daniel Florencio O´Leary (1800-1854), edecán del Libertador. Y principal biógrafo de Simón Bolívar. Sus restos reposan en el Panteón Nacional. En 1841 fue Encargado de Negocios de Inglaterra en Caracas y más luego en Bogotá. Ayudó a despojarnos del Esequibo.

 

«Respecto de la importancia de este territorio, es incuestionable y no puede haber la menor duda. Quizá no haya en el continente sudamericano una posesión más valiosa, sea desde el punto de vista militar, político o comercial, que el Barima. Domina la boca principal del Orinoco y en consecuencia el comercio del noble río y sus grandes tributarios el Apure y el Meta que unen el occidente de la República y las provincias orientales de Nueva Granada. En un periodo futuro los poseedores de la Guayana que bordea el Orinoco dominarán a toda Venezuela y ejercerán una gran influencia en Nueva Granada, pero a su vez ellos vendrán a estar controlados por cualquier potencia marítima que esté en posesión de Punta Barima. Gran Bretaña que es ya señora de Trinidad y Guayana Británica parece que necesita del Barima para completar sus posesiones en esta parte del mundo. Pero no hemos de suponer que el Gobierno de Venezuela no estima debidamente la importancia del Barima. Ellos saben muy bien su valor, no solo respecto de su utilidad como posición militar, sino también en relación con la general y permanente influencia que probablemente va a ejercer en adelante». (O´Leary a Henry Light, Gobernador de Guayana Británica, Caracas, 4 ag. 1841. F.O. 80-107)

 

Desde las muy lejanas expediciones de Walter Raleigh (1552-1618) la corona inglesa luego de buscar intensamente El Dorado se percató que el mismo no era otro que el control del río Orinoco. Alexander Von Humboldt (1769-1859), el gran naturalista alemán, llegó a una conclusión semejante en sus viajes por Venezuela. Simón Bolívar (1783-1830) en 1817 luego de la liberación de Guayana gracias a Manuel Piar (1774-1817) encontró una espléndida cabeza de playa que fue la punta de lanza para ganar la Independencia.

 

Estamos hablando de la Guayana de Venezuela que fue despojada por Inglaterra como cobro por sus «servicios» a la causa de la Libertad. Carlos Marx (1818-1883), otro probritánico al igual que Francisco de Miranda (1750-1816), Simón Bolívar y José Antonio Páez (1790-1873), fue lapidario en su balance sobre las insurrecciones en la América del Sur: fue la Legión Extranjera la que triunfó y no tanto los desaliñados patriotas y republicanos.

 

159.500 kilómetros cuadrados se perdieron luego del fallo del Laudo del Tribunal Arbitral del 3 de octubre de 1899 en París. Gran Bretaña obtuvo el 80% de todo el territorio en disputa. Ningún representante del gobierno de Venezuela en ese entonces estuvo en ese atraco jurídico de la delincuencia internacional entre naciones.

Pablo Ojer (1923-1996), una autoridad en el tema y mi profesor, junto al presbítero Herman Oropeza, en el Curso de Comando y Estado Mayor Aéreo nro. 15, de la Escuela Superior de Guerra de la FAV, 1984, nos dice que hubo una componenda entre Inglaterra y Estados Unidos para burlar a la cenicienta Venezuela. Alaska, otro arrebato territorial, para los Estados Unidos siempre y cuando estos se hicieran de la vista gorda con el Esequibo. 

 

El colonialismo e imperialismo en su apogeo mundial.

 

O´Leary, «El Cuarto Evangelista» por sus muy copiosas Memorias, fue amigo personal de Simón Bolívar. Muy joven llegó hasta Angostura en el año 1818. Su actividad y valentía le hicieron muy pronto destacar y fue nombrado edecán del Libertador en 1819: año del gran triunfo en Boyacá. Las responsabilidades de Estado que se le dieron fueron relevantes para el resguardo de los intereses de la Gran Colombia (1819-1831).

 

A la muerte de Bolívar en el año 1830, quedó marcado como miembro muy visible del partido bolivariano entrado en desgracia. Y cuando esto sucede los castigos son embajadas y representaciones diplomáticas en el exterior. En 1827 se casó con la hermana del general Carlos Soublette (1789-1870) y esto fue providencial para garantizar la supervivencia política en un medio político caníbal.

 

En 1841 regresó al país, aunque esta vez como cónsul británico en Caracas y luego en Bogotá. O´Leary ya no sirve a las repúblicas nacientes sino a su patria de origen. Y como tal tiene conocimientos y relaciones de mucha influencia para garantizar el resguardo y acrecentamiento de los intereses comerciales, políticos y diplomáticos de su nación de origen: Gran Bretaña.

El famoso edecán, ya en funciones de representación de la corona británica, les envía una carta donde les recomienda o asesora que tomar el control de la boca del Rio Orinoco les garantizaría el control de dos naciones de una vez, como son Colombia y Venezuela, ya que el padre rio, en primer lugar, tiene sus cabeceras en Colombia y, además, se une al Meta colombiano, lo que permite una navegación continuada, entrando por el delta del rio venezolano.

 

Como dato curioso, también hay otro edecán del Libertador Simón Bolívar, el coronel Belford Hinton Wilson (1804-1858), que incluso le acompañó en el día de su deceso en Santa Marta el 17 de diciembre de 1830. Wilson sustituyó a O´Leary en el año 1843 y fue nombrado en Caracas como Cónsul General y Encargado de Negocios de Gran Bretaña. El coronel Wilson mantuvo la misma línea de acción trazada por su antecesor en evidente coordinación con el Foreign Office respecto al dominio del Orinoco.

 

Las lealtades entre los grandes hombres que pueblan los dominios de la Historia son intercambiables. Y los héroes y traidores mudan de piel de acuerdo a una dinámica de las circunstancias tejidas por el elegante misterio de las combinaciones indescifrables.

 

Quizás el cuento: «Tema del traidor y del héroe» (1944) de Jorge Luis Borges, nos permita elucubrar éstas desconcertantes y contradictorias cuestiones.

 

Ángel Rafael Lombardi Boscán es Historiador, Profesor de la Universidad del Zulia. Director del Centro de Estudios Históricos de LUZ. Premio Nacional de Historia. Representante de los Profesores ante el Consejo Universitario de LUZ

 

CN Eddy Darío Barrios Orozco

Miembro de la comisión académica del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela, (IDEFV)

 

Puerto Cabello, 18 de abril de 2024